Exhumaciones de cadáveres, restos y cenizas humanas.
Las exhumaciones pueden tramitarse una vez que se comprueben que el cadáver ha permanecido por lo menos cuatro años en el sitio original de inhumación y que los interesados en este trámite hayan cumplido con los requisitos.
Dirección de Avalúos y Catastros, ubicada calle 24 de mayo entre 10 de agosto y Domingo Comin edificio Edmundo Carvajal primera planta alta.
Horario: 7h30-16h30
Presentar toda la documentación conforme a los requisitos en secretaria.
Si es necesario una inspección física, se le indicará el nombre del técnico con quien se le indicara la fecha para la realización de la misma.
Nota: Para mayor información respecto a este trámite, puede llamar al (593) 072 700 143 Ext: 1500
Requisitos:
a).- Que la Unidad ocupada con un cadáver se encuentre al día con sus obligaciones económicas.
b).- Que dos (2) familiares consanguíneos hasta el segundo grado ( padres, hijos o hermanos) del fallecido y en primer grado de afinidad (cónyuge), soliciten y autoricen personalmente la orden de exhumación, con la presentación de sus documentos personales en original y una copia, para ser llevados a otro cementerio.
c).- En caso que la exhumación se realice de una unidad arrendada a una unidad propia dentro del mismo cementerio, será necesario la Autorización de un solo familiar consanguíneo y/o cónyuge sobreviviente del fallecido.
d).- certificado de defunción emitido por el Registro civil.
e).- Autorización por escrito de la Dirección provincial de Salud de conformidad con la ley
f).- Por disposición emanada por Autoridad Judicial
g).- Los familiares serán responsable de los costos y pago de la mano de obra a emplearse.
h).- Los familiares facilitaran los implementos de seguridades y protección.