Periodo:
2009
meses:
DICIEMBRE
Numero de Resolucion:
393
Fecha de Aprobación:
Martes, Diciembre 22, 2009
Detalle:
Que, La Ley Orgánica de Régimen Municipal, Art. 63 ordinal 49, establece, Entre las atribuciones y deberes del Concejo, dispone ejercer las demás atribuciones que le confiere la ley y dictar las ordenanzas, acuerdos, resoluciones y demás actos legislativos para el buen gobierno del Municipio. Que, La Ley Orgánica de Régimen Municipal en su art. 123, manifiesta, Providencias de los concejos.- Los concejo decidirán de las cuestiones de su competencia y dictarán sus providencias por medio de ordenanzas, acuerdos o resoluciones. Los actos decisorios de carácter general, que tengan fuerza obligatoria en todo el municipio, se denominarán ordenanzas, y los que versen sobre asuntos de interés particular o especial, acuerdos o resoluciones. Que, La Ley Orgánica de Régimen Municipal en su art. 124, manifiesta, ìÖ Los acuerdos o resoluciones se aprobarán en un solo debateî. Que, En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal del Cantón Morona de fecha 21 de diciembre de 2009, luego de tratar el punto noveno del orden del día relacionado con la Resolución de la Comisión general solicitada por la Sra. Marcela Castro, por unanimidad: RESUELVE PRIMERO: Se de por conocido, se actué administrativamente y se procure analizar este tema en alguna sesión de directorio. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE