RESOLUCIÓN MUNICIPAL No. 195- 2019
Periodo:
2019
meses:
NOVIEMBRE
Numero de Resolucion:
195
Fecha de Aprobación:
Miércoles, Noviembre 13, 2019
Detalle:
RESOLUCIÓN MUNICIPAL No. 195- 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador establece que los Gobiernos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. Que, el articulo Art. 240.- de la Constitución de la República del Ecuador Los gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales. Las juntas parroquiales rurales tendrán facultades reglamentarias. Todos los gobiernos autónomos descentralizados ejercerán facultades ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales. Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, artículo 57, literal t), establece, Art. 57 Al concejo municipal le corresponde, t) Conocer y resolver los asuntos que le sean sometidos a su conocimiento por parte del alcalde o alcaldesa. Que el artículo 3 de la Reforma a la Ordenanza de Organización y funcionamiento del Concejo Municipal del Cantón Morona establece, Facultad Normativa. – Conforme establece la Constitución de la República y Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, la facultad normativa del Concejo Municipal se expresa mediante ordenanzas, acuerdos y resoluciones, que son normas jurídicas de interés general del cantón, expedidas en el ámbito de sus competencias y de aplicación obligatoria dentro de la jurisdicción municipal prevista en su Ley de creación. Que, el artículo 318 del COOTAD, inciso segundo, establece Una vez instalada la sesión se procederá a aprobar el orden del día que podrá ser modificado solamente en el orden de su tratamiento o incorporando puntos adicionales por uno de los miembros con voto conforme a la mayoría absoluta de los integrantes, una vez aprobado con este requisito no podrá modificarse por ningún motivo, caso contrario la sesión será invalidada, aquellos asuntos que requieran informes de comisiones, informes técnicos o jurídicos no podrán ser incorporados mediante cambios del orden del día. Que, el Concejo Municipal del Cantón Morona, en Sesión Ordinaria de fecha 13 de noviembre de 2019, luego de tratar el punto correspondiente dentro del orden del día, mociona el Concejal Andrés Noguera apoya la moción la vicealcaldesa Raquel Tovar Pichama “Aprobación del orden del día”, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales. RESUELVE Aprobar por unanimidad el orden del día de la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal del Cantón Morona, de fecha 13 de noviembre del 2019. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. – Macas, a 13 de noviembre de 2019. AB. RUTH CABRERA SALAS SECRETARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA