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Establecer el valor por arrendamiento de los puestos de una dimensión de 3X2.50 mts. al valor de 50.00 Usd. más el IVA.

enero 11, 2020

Periodo: 

2008

meses: 

MAYO

Numero de Resolucion: 

231

Fecha de Aprobación: 

Jueves, Mayo 15, 2008

Detalle: 

En Sesión Ordinaria del Ilustre Concejo Municipal del cantón Morona de fecha 12 de Mayo del 2008, se tomó la siguiente Resolución Municipal: 1.-Luego de tratar el punto duodécimo del orden del día relacionado con el Conocimiento, análisis y resolución sobre el oficio No. 253-DFMM-2008 de fecha 8 de mayo del 2008 suscrito por la Ing. Liliam Valencia, Directora Financiera Municipal, en el que se solicita determinar el canon arrendaticio que se cobrará por los espacios y locales públicos por fiestas de Macas 2008, se resuelve por unanimidad lo siguiente: -Establecer el valor por arrendamiento de los puestos de una dimensión de 3X2.50 mts. al valor de 50.00 Usd. más el IVA. -A los comerciantes carnetizados se exoneran del pago. -A los vendedores ambulantes ocasionales y por temporada se cobrará el valor de Usd. 20.00 más el IVA. -A los vendedores que usan vehículo para venta bajo el sistema de baratillo, tren rodante (gusanito) se cobrará el valor de Usd. 300.00 más el IVA. -Por puesto para la venta de los platos típicos se cobrará el valor de Usd. 10.00 más el IVA. -El espacio en donde se ubique el parque de diversiones se cobrará el valor de Usd. 300,00 más el IVA. -El lugar en donde se ubique los juegos inflables se cobrará el valor de Usd. 50.00 más el IVA. -El lugar en donde se ubique los juegos mecánicos se cobrará el valor de Usd. 100,00 más el IVA. -Los Comerciantes ambulantes que ocupen la energía clandestina serán sancionados con el valor de USD. 50,00. -Los comerciantes ambulantes permanentes y ocasionales que utilicen energía eléctrica pagarán el valor de USD. 20,00 más el IVA , por consumo eventual. -La exhibición de vehículos deberán pagar el valor de Usd. 10,00 más el IVA, por el uso del espacio de cada vehículo. -Se prohíbe la utilización del parque central para desarrollar las actividades comerciales. -Todo valor a cobrar que no se ajuste al detalle anterior, el Concejo sugiere autorizar a la Dirección Financiera determine el valor a cobrar, en coordinación de la Comisaría Municipal.